¿Cómo calcular el pago de la CTS en el 2023? 

Conoce todo lo que debes tener en cuenta sobre la CTS y cómo un sistema de planillas puede ayudar a tu empresa a evitar errores y multas laborales. 

La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio social que entregan las empresas a sus empleados con la intención de prevenir dificultades económicas a causa del cese del empleo. Sin embargo, se autorizó disponer del 100% de la CTS a fin de cubrir las necesidades económicas por la pandemia del covid-19, de acuerdo con la Ley N. 31480. 

Pasos para un correcto cálculo del pago de CTS

Es importante que el empleador y el empleado conozcan a detalle cómo se calcula el pago de la CTS. Aquí te detallamos de manera sencilla los pasos a seguir:   

Debemos tener presente que la CTS es un beneficio semestral que se paga en los meses de: Mayo (desde noviembre 2022 – abril 2023) y noviembre (desde mayo a octubre 2023).  

Se deben considerar remuneraciones fijas y variables como son:

  • Fijos (remuneración básica, asignación familiar siempre que lo perciba)
  • Variables (promedio(*) de horas extras, de bonificaciones y de comisiones de venta, entre otros)  
  • 1/6 de la última gratificación percibida (para mayo 2023 se debe considerar la percibida en diciembre 2023, solo es gratificación no considerar la bonificación extraordinaria que se paga con la gratificación). 

(*) Existe una condición para percibir esta remuneración con base en un promedio, lo que se pide es que debe percibir como mínimo 3 veces en el semestre a realizar el pago, la sumatoria obtenida se divide entre 6 y ese será el promedio a considerar. 

Todos estos conceptos se deben sumar, el resultado se debe dividir entre 12 y se multiplica por los meses de laborados, tener en cuenta que se debe descontar los días de faltas y permisos o licencias sin goce de haber.

Tomemos como ejemplo el cálculo de la CTS para un trabajador con remuneración fijas: 

Sueldo base: S/ 2,000 
Asignación familiar: S/ 102.50 
Gratificación:  S/ 2,102.50 

  • Obtenemos el sexto de la última gratificación = S/ 350.42 
  • Sumamos el Sueldo + Asig. Familiar + 1/6 de gratificación = S/ 2,452.91 
  • El resultado obtenido lo dividimos entre 12 meses y lo multiplicamos por 6 meses de labores, en el caso de personal nuevo que tiene menos de 6 meses deberá multiplicarlos por los meses de labores que tiene antes del pago de la CTS: 

2,452.91 / 12 * 6 = S/ 1,226.46

  • El pago que recibirá por la CTS de mayo 2023 será S/ 1,226.46 

¿Qué tipo de trabajadores acceden al pago de la CTS?

  • Trabajadores que laboren en el sector privado un mínimo de cuatro horas diarias o 20 horas semanales. 
  • Los trabajadores de la pequeña empresa, ellos perciben la mitad del beneficio. 
  • Trabajadores(as) del hogar que laboren un mínimo de cuatro horas diarias. 
  • Los trabajadores del régimen agrario reciben la CTS incluida en la remuneración diaria; sin embargo, pueden optar porque se le sea depositada semestralmente.  
  • Trabajadores del sector público sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 728. 

¿Existe una fecha límite para ejecutar el depósito de la CTS? 

El pago de la CTS correspondiente al mes de mayo 2023 se podrá depositar como fecha límite hasta el lunes 15 de mayo, pasada esta fecha los empleadores deberán proceder con el depósito con un interés correspondiente por la cantidad de días que hubieran pasado al 15 de mayo.

¿Qué pasa si la empresa no efectúa el pago de la CTS?

El no pagar o depositar la CTS se considera una infracción Grave y las multas van de acuerdo con la cantidad de trabajadores afectados, estas pueden ir desde S/ 7,771.50 hasta S/ 129,294.00

¿Cuánto dinero puedo retirar de la CTS?

De acuerdo con la Ley N.º 31480, en la que se permite a todos los trabajadores el retiro del 100% de su CTS. El plazo máximo para hacer efectivo el retiro será hasta el 31 de diciembre del 2023 y solo podrán acceder aquellos que laboren en el régimen privado, trabajadores(as) del hogar, pequeñas empresas, entre otros.

¿Cuántas veces puedo retirar mi CTS?

El reglamento operativo de la Ley N.º 31480 no establece un límite en la cantidad de retiros de los que el colaborador disponga, por lo que se podrá llevar a cabo la operación cuantas veces se crea conveniente. De esta manera, las cuentas estarán siempre disponibles para que se retire la CTS, parcial o total, en cualquier momento del año.

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